Modelo 720: declaración de bienes en el extranjero. Plazo hasta el 31 de marzo de 2026
Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720)
Un año más, las personas físicas y jurídicas residentes en España que dispongan de bienes o derechos situados en el extranjero pueden estar obligadas a presentar ante la Agencia Tributaria la declaración informativa modelo 720.
El plazo de presentación correspondiente al ejercicio 2025 finaliza el 31 de marzo de 2026, por lo que es importante revisar con antelación si existe obligación de declarar.
Esta declaración tiene carácter informativo, pero su incumplimiento puede dar lugar a procedimientos de comprobación por parte de la Administración tributaria.
Qué es el modelo 720
El modelo 720 es una declaración informativa mediante la cual los contribuyentes residentes en España deben comunicar a la Agencia Tributaria determinados activos situados fuera del territorio nacional.
Entre ellos se incluyen:
- Cuentas bancarias en entidades financieras extranjeras.
- Valores, acciones, fondos de inversión o seguros contratados fuera de España.
- Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.
El objetivo de esta obligación es garantizar la transparencia fiscal y el control del patrimonio internacional de los contribuyentes.
Quién está obligado a presentar el modelo 720
Deben presentar esta declaración:
- Personas físicas residentes en España sujetas al IRPF.
- Personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- Establecimientos permanentes en España de entidades no residentes.
- Entidades en atribución de rentas, como comunidades de bienes o sociedades civiles.
La obligación surge cuando el valor conjunto de cada grupo de bienes o derechos supera los 50.000 euros.
También pueden estar obligados:
- Titulares directos de los activos.
- Autorizados en cuentas bancarias extranjeras.
- Beneficiarios o personas con poder de disposición.
- Titulares reales que controlen más del 25 % del patrimonio a través de entidades.
Incluso una participación minoritaria en una cuenta bancaria o inmueble situado fuera de España puede generar la obligación de declarar.
Qué bienes deben declararse en el modelo 720
La normativa establece tres grandes bloques de información:
1. Cuentas bancarias en el extranjero
Se debe informar, entre otros datos, de:
- Identificación de la entidad financiera.
- Número de cuenta.
- Fecha de apertura o cancelación.
- Saldo a 31 de diciembre.
- Saldo medio del último trimestre.
También deben declararse las cuentas con titularidad compartida cuando el saldo supere el límite establecido.
2. Valores, derechos, seguros y rentas en el extranjero
Dentro de este grupo se incluyen:
- Acciones o participaciones en entidades extranjeras.
- Fondos de inversión.
- Seguros de vida.
- Derechos representativos de cesión de capitales a terceros.
- Rentas temporales o vitalicias.
En estos casos se debe identificar la entidad emisora, su domicilio y el valor del activo a 31 de diciembre.
3. Bienes inmuebles situados fuera de España
Cuando se trate de inmuebles o derechos sobre inmuebles, se debe declarar:
- País y localización del inmueble.
- Fecha de adquisición.
- Valor de adquisición.
- Tipo de derecho (propiedad, usufructo, nuda propiedad, etc.).
La obligación también existe cuando el inmueble se posee de forma compartida, siempre que el valor supere el límite de 50.000 euros.
Cuándo hay que volver a presentar el modelo 720
Los contribuyentes que ya hayan presentado esta declaración en años anteriores no tienen que hacerlo todos los años.
Solo será obligatorio volver a presentarla cuando:
- El valor de alguno de los bloques de bienes aumente en más de 20.000 euros, o
- El contribuyente pierda la titularidad o autorización sobre alguno de los bienes previamente declarados.
En estos casos, deberá comunicarse la nueva situación a la Agencia Tributaria.
Cambios en el régimen sancionador del modelo 720
El régimen sancionador del modelo 720 fue modificado tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de enero de 2022, que consideró desproporcionadas algunas de las sanciones previstas en la normativa española.
Como consecuencia de ello, la Ley 5/2022 eliminó determinadas penalizaciones, entre ellas:
- Las multas fijas de 5.000 euros por dato omitido, con un mínimo de 10.000 euros.
- Las sanciones reducidas por presentación fuera de plazo sin requerimiento previo.
- La calificación automática de los bienes no declarados como ganancia patrimonial no justificada.
Actualmente, el incumplimiento de la obligación informativa se rige por el régimen sancionador general de la Ley General Tributaria
Riesgos de no presentar la declaración
Aunque el modelo 720 es una declaración informativa, su falta de presentación puede generar riesgos relevantes para el contribuyente:
- Apertura de procedimientos de comprobación por parte de la Agencia Tributaria.
- Regularizaciones fiscales si se detectan activos no declarados.
- Posibles sanciones conforme al régimen general tributario.
Por ello, es recomendable analizar cada caso con antelación y verificar si existe obligación de presentar la declaración.
Plazo de presentación del modelo 720
El plazo para presentar el modelo 720 correspondiente al ejercicio 2025 finaliza el:
31 de marzo de 2026
La presentación debe realizarse exclusivamente por vía telemática a través de Internet.
Descargue la guía oficial del modelo 720 (AEAT)
La Agencia Tributaria ha publicado un documento oficial con preguntas frecuentes sobre la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720), actualizado a febrero de 2025.
Índice
- Un solo modelo para tres obligaciones de información diferentes
- Contribuyentes obligados a declarar
- No obligación de informar si nunca se ha tenido la obligación
- Titularidad compartida
- Forma de calcular el límite que obliga a declarar
- Criterio de exoneración por contabilización
- Otras causas de exoneración
- ¿Existe obligación de informar sobre…?
- Valoración de los bienes y derechos
- Otras cuestiones
- Frecuencia en la presentación de la declaración
- Sanciones y efectos
- Preguntas técnicas
- Preguntas frecuentes modelo 720 (Marzo 2014)
- Glosario de abreviaturas
Nuestro despacho puede ayudarle a:
- Determinar si está obligado a presentar el modelo 720.
- Revisar activos y derechos situados en el extranjero.
- Preparar y presentar la declaración ante la Agencia Tributaria.
- Resolver cualquier duda sobre obligaciones fiscales internacionales.
Para cualquier consulta o aclaración, puede ponerse en contacto con nuestro despacho.


